Qué son las medidas provisionales
Las medidas provisionales a la separación y al divorcio son medidas que solicitamos que adopte el Juez en determinados contextos de crisis matrimonialAmpliar la noticia
Que son las medidas provisionales previas
Las medidas provisionales previas son aquellas que presentamos antes de la demanda de nulidad o separación.Ampliar la noticia
Medidas provisionales coetáneas.
Las medidas provisionales coetáneas son aquellas que presentamos junto con la demanda de nulidad o separación.Ampliar la noticia
Artículo 771. Medidas provisionales previas a la demanda de nulidad, separación o divorcio. Solicitud, comparecencia y resolución.
1. El cónyuge que se proponga demandar la nulidad, separación o divorcio de su matrimonio puede solicitar los efectos y medidas a que se refieren los artículos 102 y 103 del Código Civil ante el tribunal de su domicilio.
Para formular esta solicitud no será precisa la intervención de procurador y abogado, pero sí será necesaria dicha intervención para todo escrito y actuación posterior.Ampliar la noticia